El Reglamento de la Real Academia Nacional de Medicina de España (RANME) se establece y rige según las disposiciones de sus Estatutos. Este Reglamento, junto con los Estatutos, fueron aprobados por Real Decreto 750/2011, de 27 de mayo de 2011 y publicados en el BOE del 21 de junio de 2011.
Como norma general, la propuesta de los objetivos y funciones a los que se refiere el artículo 6 de los Estatutos de la RANME partirá desde la Junta Directiva o desde la Junta de Gobierno a la Junta Directiva y de esta hacia las Secciones, Comisiones o Grupos de Trabajo competentes y específicos. Su desarrollo y análisis se dirimirá por la Junta Directiva con resolución final en la Junta de Gobierno. De la misma forma, y hacia la Junta Directiva, se procederá cuando la propuesta emane de las Secciones o Comisiones.
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